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Fragmento de Notre charge apostolique. S.S San Pío X (1910)
"No, Venerables Hermanos -preciso es reconocerlo enérgicamente en estos tiempos de anarquía social e intelectual en que todos sientan plaza de doctores y legisladores-, no se edificará la ciudad de modo distinto de como Dios la edificó; no se edificará la ciudad si la Iglesia no pone los cimientos y dirige los trabajos; no, la civilización no está por inventar ni la "ciudad" nueva por edificarse en las nubes. Ha existido y existe; es la civilización cristiana, es la "ciudad" católica. No se trata más que de establecerla y restaurarla sin cesar sobre sus fundamentos naturales y divinos contra los ataques, siempre renovados, de la utopía malsana, de la rebeldía y de la impiedad: Omnia instaurare in Christo."

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4 de febrero de 2009

Influencia del ecumenismo y la libertad religiosa en la desmovilización de los seglares




por José María Permuy Rey

Tomado de
Arbil


¿Qué ocurriría si los cristianos creyéramos que es muy fácil salvarse sin confesar a Cristo y pertenecer a su Iglesia? ¿Qué pasaría si considerásemos que las comunidades políticas con mayoría de católicos no tienen por qué profesar la fe cristiana? Pasaría que perderíamos todo o gran parte de nuestro estímulo, de nuestra motivación, de nuestro interés por atraer a Cristo a las almas y a las sociedades.


ar a conocer a Cristo, Camino, Verdad y Vida.

Dar a conocer a Cristo, que nos revela plenamente las verdades que debemos creer, los preceptos que debemos practicar, y los medios de santificación a los que debemos recurrir para alcanzar la salvación eterna.

Dar a conocer a Cristo, que nos manda predicar su Evangelio y bautizar (confiriendo la vida de la gracia) a todas las naciones, es el mandato misionero que impulsa a todos los cristianos, también a los laicos, a movilizarnos para instaurar, conservar y dilatar el Reino de Dios entre los individuos y entre los pueblos.

Pero, ¿qué ocurriría si los cristianos creyéramos que es muy fácil salvarse sin confesar a Cristo y pertenecer a su Iglesia?

¿Qué pasaría si considerásemos que las comunidades políticas con mayoría de católicos no tienen por qué profesar la fe cristiana?

Pasaría que perderíamos todo o gran parte de nuestro estímulo, de nuestra motivación, de nuestro interés por atraer a Cristo a las almas y a las sociedades.

Si los cristianos admitiéramos que un budista, un judío o un musulmán se pueden salvar fácilmente, sin dejar de serlo, en virtud de los elementos positivos que poseen sus respectivas creencias religiosas ¿para qué íbamos a tomarnos la molestia de hacer apostolado y proselitismo cristianos? ¿Para qué íbamos a causarles la molestia de proponerles una fe y una moral cuyas prácticas y enseñanzas son más exigentes y humanamente más difíciles de poner por obra que la ética budista, judía o musulmana? ¿Para qué complicarles la vida? ¿Para qué movilizarnos?

Si los católicos admitiéramos que tan aceptables son las sociedades políticas inspiradas en el catolicismo, como aquellas otras inspiradas en el anglicanismo, en el calvinismo, en el liberalismo, en el socialismo, o simplemente en el relativismo moral y doctrinal, ¿para qué hacer el esfuerzo de trabajar por la confesionalidad católica de los Estados o la unidad católica de las naciones? ¿Para qué movilizarnos?

Desgraciadamente, un gran número de católicos, hermanos nuestros, piensan que todas las religiones y todas las ideologías son respetables. Y, si es así, ¿para qué esforzarse por convencer a los demás? ¡Ni se lo plantean! ¡Con tal de que a los cristianos nos permitan ir al templo y practicar en privado nuestra religión, los demás que hagan lo que quieran!

Es una actitud parecida a aquello que condena el Syllabus de Pío IX, de la Iglesia libre en el Estado libre. Con otras palabras: el culto cristiano libre, en una comunidad irenista plurireligiosa y multicultual libre.

No sólo los seglares, sino que muchos sacerdotes, y no pocos obispos, aquellos a quienes Cristo mismo encomendó el cuidado de su rebaño, la docencia, santificación y gobierno de su Iglesia, piensan así.

¿Acaso no ha sido todo un cardenal -Kasper-, Presidente nada menos que del Consejo Pontificio para la Promoción de la Unidad de los Cristianos, quien ha declarado recientemente en una conferencia que el diálogo ecuménico no pretende el retorno de los cristianos separados a la Iglesia Católica? ¿Acaso no fueron los obispos españoles los que, con motivo del centenario de la Unidad Católica de España, escribieron un documento diciendo que los tiempos de la Unidad Católica han pasado ya?

Si eso creen y enseñan muchos de nuestros jerarcas, ¿qué podemos esperar de los seglares?

Ahora bien, ¿a qué es debido que tantos obispos, sacerdotes y laicos piensen y se manifiesten de tal modo? ¿En qué se basan?

Hay un acontecimiento que, indudablemente, ha marcado una huella muy profunda en la vida reciente de la Iglesia Católica, hasta el punto de que, al igual que el nacimiento del Hijo de Dios divide la historia de la humanidad en un antes y un después de Cristo, este otro acontecimiento ha trazado, para muchos de nuestros contemporáneos, una línea divisoria en la historia de la Iglesia. Me estoy refiriendo al Concilio Ecuménico Vaticano II.

No voy a decir, porque creo que no sería del todo justo y exacto, que el Concilio Vaticano II promueva la pasividad y la desmovilización apostólica de los laicos cristianos.

El Concilio afirma la necesidad de Cristo y de la Iglesia Católica para salvarse.

El Concilio exhorta a los cristianos a anunciar el mensaje evangélico entre todos los hombres.

El Concilio, insiste mucho en que es deber de los laicos la instauración cristiana del orden temporal informando las leyes y estructuras de las sociedades en las que cada uno vive, con el espíritu del Evangelio.

El Concilio afirma dejar íntegra la doctrina tradicional católica sobre el deber moral de las sociedades para con Cristo y su Iglesia.

Entonces, ¿cuál es el problema? El problema, o más bien los problemas, son, a mi modesto entender, las omisiones e imprecisiones que contienen los textos conciliares en lo que se refiere, entre otras cosas, al ecumenismo y a la libertad religiosa.

Como consecuencia de esas omisiones e imprecisiones se puede defender, sí, la doctrina tradicional católica; pero se pueden defender también las más peregrinas teorías.

Veamos algunos ejemplos.

Cuando el Vaticano II habla de la salvación eterna en relación con las comunidades religiosas no católicas, pero que se confiesan cristianas (cismáticas o heréticas), afirma que los hermanos separados, justificados por la fe en el bautismo, quedan incorporados a Cristo. Conservan la Sagrada Escritura como norma de fe y vida, y algunos de ellos, el episcopado y la Eucaristía. Además, practican no pocos actos de culto de la religión cristiana, los cuales, de varias formas pueden, sin duda alguna, producir la vida de la gracia, y hay que confesar que son aptos para dejar abierto el acceso a la comunión de la salvación. Es más, se llega a afirmar que las comunidades cristianas separadas no carecen de valor y de sentido en el misterio de la salvación, y que el Espíritu de Cristo no rehúsa servirse de ellas como medios de salvación.

Pero lo que no advierte el Concilio es que, como enseña Santo Tomás, los cismáticos y herejes cuya separación de la Iglesia es pública y notoria pueden conferir válidamente el sacramento del bautismo, pero no el efecto del sacramento; quedan marcados por el carácter bautismal, pero no actúa en ellos la gracia justificante. En palabras de San Agustín, “cuando alguno se bautiza entre los herejes o en algún cisma, fuera de la comunión de la Iglesia, el bautismo no le es provechoso en la medida en la que él aprueba la perversidad de los herejes y de los cismáticos”. “A los bautizados fuera de la Iglesia, si no vuelven a ella, el mismo bautismo les sirve de perdición”.

Lo mismo se puede decir de otros sacramentos. Según Tomás de Aquino “por el hecho de que alguien esté suspendido, excomulgado o degradado por la Iglesia, no pierde el poder de conferir los sacramentos, sino la licencia de usar este poder. Por eso confiere, ciertamente, el sacramento, pero peca confiriéndolo. E igualmente peca quien lo recibe de él, por lo que no recibe la gracia del sacramento, a no ser que le excuse la ignorancia”.

Y el Concilio Ecuménico de Florencia afirma que “es de tanto precio la unidad en el cuerpo de la Iglesia, que sólo a quienes en él permanecen les aprovechan para su salvación los sacramentos y producen premios eternos los ayunos, limosnas y demás oficios de piedad y ejercicios de la milicia cristiana. Y que nadie, por más limosnas que hiciere, aun cuando derramare su sangre por el nombre de Cristo, puede salvarse, si no permaneciere en el seno y unidad de la Iglesia Católica”.

En cuanto a la posibilidad de que el Espíritu Santo pueda servirse de las comunidades separadas como medios de salvación, Pío XII, en la encíclica Mystici Corporis enseña que “entre los miembros de la Iglesia, sólo se han de contar de hecho los que recibieron las aguas regeneradoras del Bautismo y profesan la verdadera fe y ni se han separado ellos mismos miserablemente de la contextura del cuerpo, ni han sido apartados de él por la legítima autoridad a causa de gravísimas culpas.

Por lo cual, los que están separados entre sí por la fe o por el gobierno, no pueden vivir en este cuerpo único ni de este su único Espíritu divino.

El Espíritu de Cristo es quien a la par que coengendra cada día nuevos hijos a la Iglesia con la inspiración de la gracia, rehúsa habitar con su gracia santificante en los miembros totalmente separados del Cuerpo”.

Así pues, el Concilio hace hincapié exclusivamente en la posibilidad de que los cristianos no católicos se salven sin incorporarse en vida a la estructura visible de la Iglesia (una posibilidad cierta, pero extraordinaria, excepcional, y en todo caso injuzgable); sin embargo, silencia el hecho de que el cisma y la herejía son objetivamente impedimento para la recepción de la gracia santificante, y por tanto, para alcanzar la salvación eterna, aunque se posean sacramentos válidos y válidamente se dispensen y reciban.

Como consecuencia de todo ello, no es difícil incurrir en la falsa impresión de que realmente es sencillo salvarse sin incorporarse a la Iglesia.

En relación con la libertad religiosa, antes decía que el Concilio Vaticano II afirma dejar íntegra la doctrina tradicional sobre el deber moral de las sociedades para con la religión católica.

Y así es. Pero al referirse más concretamente a las sociedades políticas, el Vaticano II exige tan solo que respeten la libertad religiosa de todos sus súbditos, omitiendo recordar expresamente que los Estados con mayoría de católicos tienen la obligación moral (no sólo la posibilidad, sino la obligación) de profesar la fe católica, por medio del culto público a Dios, la inspiración cristiana de las leyes y la defensa del patrimonio religioso del pueblo.

La doctrina tradicional católica enseñó siempre, además, que los Estados católicos pueden tolerar el culto privado de las confesiones no católicas, pero no el culto público. El Concilio Vaticano II entiende que el derecho de los acatólicos a manifestarse públicamente, debe ser respetado por los Estados, con la única condición de que no atente contra el bien común y el orden moral objetivo.

Aparentemente, al menos, existe en este tema una contradicción entre el Magisterio preconciliar y el conciliar, que afecta, obviamente, a un asunto tan importante para nosotros como es la Unidad Católica de España.

Todo ello explica que católicos contrarrevolucionarios hayamos podido defender, con la mayor buena fe y rectitud de intención, la compatibilidad de la confesionalidad católica de los Estados con el Vaticano II, mientras que “católicos” revolucionarios han podido, con la misma sinceridad, defender la tesis contraria.

Buena prueba de la ambigüedad del Concilio al respecto de la libertad religiosa es que son muchísimos los obispos que individual o colectivamente se han pronunciado contra la confesionalidad de los Estados.

Tan importantes omisiones e imprecisiones pueden provocar muchas veces la parálisis de los fieles cristianos.

No sólo eso, sino que incluso pueden llegar a afectar a nuestra vida espiritual, hasta el punto de que, por la obsesión de algunos de acercarnos a nuestros hermanos separados, no sólo dejemos de invitar a estos últimos a compartir los medios de santificación y salvación de que, por designio divino, dispone la Iglesia Católica, sino que nosotros mismos, los católicos, lleguemos a prescindir de tales medios.

Es lo que ha ocurrido hace algo más de tres años, cuando Juan Pablo II, a petición del Consejo para la Promoción de la Unidad de los Cristianos, y tras ser revisada por la Congregación para la Doctrina de la Fe, dio por válida la Misa celebrada siguiendo la anáfora de Addai y Mari, una plegaria eucarística de los cristianos asirios cismáticos que no contiene las palabras de la consagración.

EL documento de aprobación dice que no contiene las palabras de la consagración de forma narrativa, sino que están presentes, no de modo coherente y ad litteram, sino de manera eucológica y diseminada, insertas en preces sucesivas de acción de gracias, alabanza e intercesión. Yo que me he tomado la molestia de repasar el texto, les puedo asegurar que las frases “esto es mi cuerpo” y “este es el cáliz de mi sangre” o “esta es mi sangre”, no aparecen por ninguna parte.

¿Cómo es posible que sea válida una Misa sin consagración?

Imaginen que esa extraña aprobación sirva como referencia y precedente para una futura reforma litúrgica. ¿Podríamos encontrarnos con la supresión “oficial” del Sacrificio de la Misa, tal como parece anunciar el profeta Daniel refiriéndose a los últimos tiempos?

Pues el Cardenal Kasper está contentísimo, porque, según él, el reconocimiento de esa anáfora ha supuesto un gran paso en el camino ecuménico. ¡Está claro! Si suprimimos la Misa, es obvio que habremos echado por tierra uno de los obstáculos que mantienen a los herejes separados de la Iglesia Católica. ¡Bonita solución!

El otro gran obstáculo es el episcopado, el sacerdocio. De todos es sabido que muchos herejes no poseen sacramento del orden sacerdotal válido. Pero no hay problema. El Cardenal Kasper ya ha encontrado el remedio. Según él, lo importante no es la sucesión apostólica en el sentido de una cadena histórica de imposición de las manos que va remontándose a lo largo de los siglos hasta llegar a uno de los apóstoles. No importa que un obispo haya sido ordenado por otro obispo que conserva la sucesión apostólica, no. La sucesión apostólica no es cuestión de una cadena ininterrumpida, sino de pertenencia a un colegio, el de los obispos, el cual tiene el poder de reconocer por sí mismo qué obispos, incluso de entre los no católicos, lo son válidamente. Es decir, la validez de una consagración episcopal depende del reconocimiento colegial y democrático del actual Colegio de los Obispos. Esa es la idea de Kasper.

He ahí el resultado de 40 años de omisiones e imprecisiones consentidas y no resueltas.

Ante este panorama, ¿qué podemos hacer?

En primer lugar, rechazar la tentación de pasividad.

Somos soldados de Cristo, y como tales tenemos la obligación moral de combatir por su Reino, de librar una lucha, que es verdaderamente contra los espíritus malignos que andan dispersos por el mundo para la perdición de las almas, pero que también lo es contra nuestra propia concupiscencia, y contra el mundo enemigo de Dios.

En segundo lugar, rechazar la tentación de un activismo pelagiano. Nuestra acción, nuestra movilización debe ir precedida y acompañada en todo momento de la oración y de la mortificación.

El alma de todo apostolado es la vida interior. No podemos restar horas al trato diario con Dios, so pretexto de volcarnos en la acción. No podemos confiar únicamente en nuestras fuerzas naturales, sin recurrir a la ayuda de la Santísima Trinidad; no podemos prescindir de la vida de la gracia que adquirimos, recuperamos y aumentamos por medio de los sacramentos.

En tercer lugar, debemos actuar. Actuar intraeclesialmente y extraeclesialmente.

En los tiempos que corren, a diferencia de otras épocas, nuestra movilización no puede ser sólo extraeclesial, sino que, en tanto no se aclaren las omisiones e imprecisiones a que me he venido refiriendo hasta ahora, debe ser también intraeclesial.

Los seglares conscientes de la situación crítica en que se halla nuestra Iglesia, una Iglesia que, según Pablo VI, ha sido penetrada por el humo de satanás y que está siendo demolida desde dentro, debemos pedir a nuestros obispos, sucesores de los Apóstoles, y al futuro obispo de Roma el primero, que nos gobiernen, que nos enseñen y que nos santifiquen como Dios manda. Que para eso están, para eso han sido llamados por Dios.

Que restituyan las premisas doctrinales para la evangelización y reevangelización de los individuos y de los pueblos, para la instauración y restauración de la Ciudad Católica, y en el caso de nuestra Patria, para la reconquista de la Unidad Católica de España.

Que no callen la verdad, que denuncien el error, que corrijan, amonesten y castiguen a los pecadores públicos y a los herejes.

Todo ello con la máxima caridad, pero con la mayor firmeza.

Al mismo tiempo, por supuesto, no podemos descuidar la acción cristiana extraeclesial, ofensiva y defensiva.

Ofensiva, en el sentido de que debemos difundir sin miedo, sin respetos humanos, la Doctrina de Cristo en todas cuantas áreas de influencia podemos actuar los seglares, tanto individualmente como asociados. Pero defensiva también, porque tenemos el derecho y el deber de protegernos de quienes desean impedir nuestra libertad de acción, y de quienes públicamente ofenden a Dios de palabra o de obra.

Los católicos no pretendemos imponer a nadie nuestra fe y nuestra moral. Sería absurdo, pues la fe cristiana consiste en una adhesión y aceptación libre y voluntaria de las verdades reveladas por Cristo. No se puede creer a la fuerza.

Tampoco pretendemos que la ley civil penalice todo lo que prohibe la ley de Dios u obligue al cumplimiento de los mandamientos de la Iglesia.

Lo único que queremos es la subordinación de la ley civil a la ley natural, de obligado cumplimiento para todos los hombres, creyentes o no; y que sea respetada nuestra libertad para proponer (no imponer) a todos la Doctrina cristiana, y para vivir (individual y comunitariamente, también en el ámbito estatal) nuestro credo.

Los seglares católicos, con o sin la bendición de nuestros obispos (aunque nunca contra ellos, por supuesto) debemos presentar batalla frente al enemigo que actúa desde dentro y desde fuera de la Santa Iglesia Católica, única verdadera.

El enemigo que actúa desde fuera de la Iglesia aspira a aplastarnos o confinarnos en reservas como si fuéramos animales en peligro de extinción.

El enemigo que actúa desde dentro de la Iglesia pretende hacernos creer que “todo el mundo es bueno”, que lo mismo da ser católico que ser ateo, masón, luterano, musulmán, liberal o socialista. Pretende hacernos creer eso, para que no reaccionemos, para que no nos defendamos ante las agresiones que, desde fuera, nos asestan precisamente ateos, masones, luteranos, musulmanes, liberales y socialistas.

En nombre de la libertad religiosa y del ecumenismo pretende desarmarnos para hacer de nosotros fácil presa. En ocasiones, lamentablemente, con la complicidad, consciente o inconsciente, al menos en parte, de la jerarquía eclesiástica.

En mi opinión, ante el acoso laicista y ateo que padecemos los católicos en nuestro mundo actual, debemos organizar, por encima de banderías, partidismos y carismas, un amplio y multiforme movimiento católico de combate y resistencia.

Pero ese es otro tema, más práctico que teórico, y que espero saldrá a relucir, y se plasmará en propósitos y resoluciones concretas a lo largo de estas jornadas para la Reconquista de la Unidad Católica de España.

Muchas gracias por su paciencia. Y que Dios nos bendiga y ayude a todos.

4 de diciembre de 2008

La Confesionalidad de los Estados: un deber moral universal e inmutable




por José María Permuy Rey


rente a los que opinan que se trata de un asunto opinable, la confesionalidad del Estado es un deber moral exigido por la ley natural y, por tanto, universal e inmutable. El Estado debe actuar y legislar en conformidad con la ley natural, y el primero de los preceptos de esa ley es amar a Dios sobre todas las cosas, adorándole y dándole el culto establecido por El.

El Magisterio de la Iglesia ha sido constante y unánimemente partidario de la confesionalidad del Estado, y aquello que ha sido enseñado por la Iglesia siempre y en todas partes ha de ser creído como verdad de fe.
La ley es una prescripción de la razón, en orden al bien común, promulgada por aquel que tiene el cuidado de la comunidad.
Ley natural es la ley eterna inscrita en la naturaleza.
Así pues, cuando León XIII, en su encíclica Inmortale Dei, sobre la constitución cristiana de los Estados, enseña que los Estados están obligados a dar culto a Dios porque así lo ordenan la razón y la naturaleza, está afirmando que ese deber moral de los Estados viene imperado por la ley natural.
La ley natural es universal. Obliga a todos los hombres de todos los tiempos y lugares, cualesquiera que sean sus creencias.
La ley natural es inmutable, no puede cambiar jamás, y ninguna situación o circunstancia puede modificar el contenido de la ley.
De todo ello se sigue que el deber moral que obliga a las comunidades políticas a dar culto a Dios es universal e inmutable. No es un mero consejo sostenido por la Iglesia en coyunturas distintas a la época actual, que puede ser atendido o desatendido en función de los cambios acaecidos en la sociedad. No es una opinión que pueda ser admitida o rechazada libremente.
Desde hace unas décadas, lamentablemente, muchos eclesiásticos dicen que los Estados no deben o no pueden profesar su fe en Dios. Que no es competencia del Estado creer o no en Dios, sino tan sólo permitir que las distintas confesiones religiosas puedan expresarse y actuar libremente en la vida social, sin que exista ningún tipo de coacción por parte del Estado. Es lo que el beato Pío IX condenaba en el Syllabus definiéndolo como la Iglesia libre en el Estado libre.
Sin embargo, muchos de esos mismos eclesiásticos no dejan de recordar que los Estados deben respetar la ley natural. Si es así (que lo es), ¿no es igualmente cierto que el decálogo es expresión revelada de la ley natural, y que el primero de los mandamientos es amar a Dios sobre todas las cosas, adorándole y rindiéndole el culto que le es debido? Pues si los Estados han de actuar en conformidad con la ley natural, y si adorar a Dios y darle culto es el primero de los mandamientos de la ley revelada pero al mismo tiempo natural, es evidente la contradicción en que incurren dichos eclesiásticos.
Aparte de ello, cabría preguntarse por qué adherirse a ellos y no a León XIII y a todos los papas y obispos que durante siglos y siglos han defendido la confesionalidad de los Estados. Eso sí, con una diferencia: la tesis de que los Estados no deben dar culto a Dios ni profesar religión alguna es muy reciente y no es unánime. La tesis contraria, aun cuando no haya sido definida solemnemente como dogma, cuenta con el aval de siglos de unánime magisterio, y no olvidemos que aquello que ha sido creído siempre y en todas partes por la Iglesia, aunque se trate de magisterio ordinario y no extraordinario, ha de ser tenido por verdad de fe del mismo modo que los dogmas proclamados por el Papa ex cátedra o por un Concilio ecuménico.
La confesionalidad de los Estados es –recapitulando lo hasta aquí escrito– un deber moral derivado de la ley natural y enseñado siempre y unánimemente por la Iglesia (al menos hasta hace cuarenta años). No es doctrina mudable ni discutible.
Pero demos un paso más.
León XIII, en la encíclica arriba citada, sigue enseñando que, partiendo de que la ley natural obliga al Estado a profesar la fe en Dios y darle culto, no basta con tributar un culto cualquiera, sino que ha de rendirle el culto por El mismo querido y establecido, que es el culto católico, y, para ello, el Estado no sólo no puede desentenderse de toda religión, sino que tampoco puede considerar a todas por igual. El Estado está obligado a reconocer y profesar aquella religión que ha sido revelada por Dios como única verdadera, esto es, la católica. Máxime en aquellas naciones en que la sociedad es mayoritariamente católica.
No basta, pues, con que el Estado sea confesional, sino que debe ser específicamente católico si se trata de la organización política de una sociedad que mayoritariamente profesa con entera libertad la religión católica.
En esto consiste, básicamente, el deber moral de las sociedades para con Cristo y su Iglesia del que habla el Concilio Vaticano II en la Declaración Dignitatis humanae, sobre la libertad religiosa, en la cual se advierte que el Concilio deja íntegra la doctrina católica tradicional al respecto. Razón por la cual, los obispos españoles presentes en el II Concilio Vaticano escribieron que éste no se oponía a la confesionalidad católica de los Estados.
Sorprende que desde entonces, transcurridas cuatro décadas, sean cada día más los católicos (políticos y obispos especialmente) que se escudan en el Concilio Vaticano II para decir precisamente todo lo contrario: que del Concilio se sigue el rechazo de la confesionalidad de los Estados.
No es verdad.
En uno de sus párrafos, la Declaración Dignitatis humanae afirma que si un Estado desea profesar una determinada religión, debe asimismo garantizar la libertad religiosa.
Ello quiere decir, obviamente, que el Vaticano II no ve incompatibilidad entre la confesionalidad del Estado y la libertad religiosa. Si así fuera, pediría que los Estados confesionales, en aras de la libertad religiosa, dejaran de serlo. Y no es así. Luego no hay rechazo ni condena del Concilio Vaticano II a la confesionalidad de los Estados. Y muchísimo menos a la confesionalidad católica, que forma parte de la doctrina tradicional que el Concilio dice dejar íntegra.
Sostener que los Estados no deben ser confesionales implica alguna de las siguientes negaciones:
1º Negar que los Estados deban reconocer la ley natural, cuyo primer mandamiento es amar a Dios sobre todas las cosas.
2º Negar que aquellas enseñanzas que han sido mantenidas por la Iglesia siempre y en todas partes tienen el carácter de verdades de fe católica, puesto que la confesionalidad de los Estados ha sido defendida por la Iglesia a lo largo de casi dos mil años de manera constante y unánime.
3º Negar la infalibilidad de la Iglesia, en caso de reconocer que la doctrina de la confesionalidad es una verdad de fe indiscutible por haber sido propuesta unánime y constantemente durante siglos.
4º Negar que la confesionalidad del Estado, a pesar del magisterio multisecular unánime y constante en su favor, es una verdad de fe de obligada creencia. ¿No supone ello el peligro de poner en tela de juicio muchas verdades católicas que no han sido definidas de modo extraordinario y aun el hecho mismo de que puedan ser consideradas como definitivas verdades que no cuenten con el respaldo de una definición ex cátedra o la proclamación de un Concilio Ecuménico? ¿Podrían ser revocadas en un futuro las enseñanzas de la Iglesia sobre los anticonceptivos o la clonación, por ejemplo?
Si la confesionalidad del Estado fuera opinable, lo sería tanto para impugnarla como para propugnarla. Los católicos partidarios de la confesionalidad no estaríamos obligados a adherirnos a las opiniones de obispos o Papas en contra. Pero lo cierto es que los argumentos en contra de la confesionalidad carecen de base sólida: no se hallan en la sagrada Escritura, se oponen a la Tradición y chocan con el Magisterio perenne de la Iglesia Católica. No hay ningún fundamento para pensar que se trata de una doctrina opinable.

27 de noviembre de 2008

Benedicto XVI y la confesionalidad de los Estados


Por José María Permuy Rey

Tomado de Arbil

Se trata simplemente de que aquellos Estados gobernados por católicos y para una mayoría de católicos, consecuentes con la fe que el pueblo abraza y profesa, sean conformes con la ley natural tal como es enseñada e interpretada por la Iglesia Católica. Nada más y nada menos



El 1 de abril de 2005, en Subiaco, el entonces Cardenal Ratzinger, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, afirmó en una conferencia que el cristianismo “ha negado al estado el derecho de considerar la religión como una parte del ordenamiento estatal”, y lamentó que en otros tiempos “contra su naturaleza y por desgracia, se había vuelto tradición y religión del estado”.

León XIII, por el contrario, en la encíclica Inmortale Dei, enseña que “tiene el Estado político la obligación de admitir enteramente, y profesar abiertamente aquella ley y prácticas de culto divino que el mismo Dios ha demostrado querer”; y elogia el “tiempo en que la filosofía del Evangelio gobernaba los Estados”; época en la que “aquella energía propia de la sabiduría cristiana, aquella su divina virtud, había penetrado profundamente en las leyes, instituciones y costumbres de los pueblos, en todos los órdenes y problemas del Estado”, yorganizada de este modo la sociedad civil, produjo bienes muy superiores a toda esperanza”.

El Cardenal Ratzinger es hoy el Vicario de Cristo en la tierra (como lo fue en su día León XIII), y no sabemos si públicamente seguirá sosteniendo lo que dijo sobre los Estados cristianos en aquella conferencia pronunciada apenas unos días antes de su elección como Papa. Aunque así fuera, como él mismo advirtió recientemente a los sacerdotes de Aosta, “el Papa no es un oráculo; como sabemos, sólo es infalible en situaciones rarísimas.”.

Alguno pensará que estas últimas palabras se pueden aplicar también al magisterio de León XIII. Sin embargo, no es del todo así. No es así, porque lo que enseñaba León XIII a favor de la confesionalidad católica de los Estados es lo mismo que habían venido sosteniendo durante siglos sus predecesores. Y lo mismo que siguieron sosteniendo sus sucesores, al menos hasta el Concilio Vaticano II. Mientras que la no confesionalidad defendida por el Cardenal Ratzinger es teoría que circula entre los jerarcas de la Iglesia desde hace tan sólo cuatro décadas, y ni siquiera avalada hasta hoy (teóricamente, al menos) por ningún Romano Pontífice.

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Perlita

por José María Permuy

Frente a los que opinan que se trata de un asunto opinable, la confesionalidad del Estado es un deber moral exigido por la ley natural y, por tanto, universal e inmutable. El Estado debe actuar y legislar en conformidad con la ley natural, y el primero de los preceptos de esa ley es amar a Dios sobre todas las cosas, adorándole y dándole el culto establecido por El. El Magisterio de la Iglesia ha sido constante y unánimemente partidario de la confesionalidad del Estado, y aquello que ha sido enseñado por la Iglesia siempre y en todas partes ha de ser creído como verdad de fe.