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Fragmento de Notre charge apostolique. S.S San Pío X (1910)
"No, Venerables Hermanos -preciso es reconocerlo enérgicamente en estos tiempos de anarquía social e intelectual en que todos sientan plaza de doctores y legisladores-, no se edificará la ciudad de modo distinto de como Dios la edificó; no se edificará la ciudad si la Iglesia no pone los cimientos y dirige los trabajos; no, la civilización no está por inventar ni la "ciudad" nueva por edificarse en las nubes. Ha existido y existe; es la civilización cristiana, es la "ciudad" católica. No se trata más que de establecerla y restaurarla sin cesar sobre sus fundamentos naturales y divinos contra los ataques, siempre renovados, de la utopía malsana, de la rebeldía y de la impiedad: Omnia instaurare in Christo."

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24 de julio de 2009

Denuncia contra la PresidentA



realizada por el Dr. Carlos M. Shäferstein


Tomado de Nuevo Encuentro Premium

















DENUNCIA POR TRANSGRESIONES A LA ÉTICA PÚBLICA, “ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO” DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS. ACUSA AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DE “ABANDONO DE PERSONA” Y TRAICIÓN A LA PATRIA.

Excma Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal:


CARLOS MARCELO SHÄFERSTEIN, abogado de la matrícula, inscripto al Tº 5 Fº 314 del C.P.A.C.F., por su propio derecho, constituyendo domicilio en Av del Libertador 1024 Piso 6º de la Ciudad de Buenos Aires (TEL 4808-0773), a V.E., como mejor proceda, me presento, respetuosamente digo:


I. DENUNCIA DE TRANSGRESIONES A LA ÉTICA PÚBLICA

Que concurro a promover formal denuncia por enriquecimiento ilícito contra Cristina Fernández de Kirchner (D.N.I. Nº 10.433.615), y Néstor Carlos Kirchner (D.N.I. Nº 5.404.911), domiciliados ambos en Carlos Villate al 1000 —Quinta Presidencial— de la localidad de OLIVOS, Provincia de Buenos Aires, a fin de que se investigue el descomunal aumento patrimonial de que dieran cuenta en su última declaración jurada, tal como fue notoriamente difundida en todos los medios.

Asimismo, el matrimonio en cuestión ha transgredido de una manera obscena Ley 25.188 (Ley de Ética Pública), sancionada el 22 de septiembre de 1999 y promulgada el 26 de octubre 26 de 1999. Esta norma de ética en el ejercicio de la función pública establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiéndose su aplicación a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estado. En su Artículo 2º se establece expresamente que los sujetos comprendidos en esta ley se encuentran obligados a cumplir determinados deberes y pautas de comportamiento ético tales como Cumplir y hacer cumplir estrictamente Constitución Nacional, las leyes y los reglamentos que en su consecuencia se dicten y defender el sistema republicano y democrático de gobierno; desempeñarse con la observancia y respeto de los principios y pautas éticas establecidas en la presente ley: honestidad, probidad, rectitud, buena fe y austeridad republicana; velar en todos sus actos por los intereses del Estado, orientados a la satisfacción del bienestar general, privilegiando de esa manera el interés público sobre el particular; no recibir ningún beneficio personal indebido vinculado a la realización, retardo u omisión de un acto inherente a sus funciones, ni imponer condiciones especiales que deriven en ello; fundar sus actos y mostrar la mayor transparencia en las decisiones adoptadas sin restringir información, a menos que una norma o el interés público claramente lo exijan; proteger y conservar la propiedad del Estado y sólo emplear sus bienes con los fines autorizados. Abstenerse de utilizar información adquirida en el cumplimiento de sus funciones para realizar actividades no relacionadas con sus tareas oficiales o de permitir su uso en beneficio de intereses privados; abstenerse de usar las instalaciones, bienes y servicios del Estado para su beneficio particular o para el de sus familiares, allegados o personas ajenas a la función oficial, a fin de avalar o promover algún producto, servicio o empresa; así como también observar en los procedimientos de contrataciones públicas en los que intervengan los principios de publicidad, igualdad, concurrencia razonabilidad. Por último, el Artículo 3º dice que “…todos los sujetos comprendidos en el artículo 1º deberán observar como requisito de permanencia en el cargo, una conducta acorde con la ética pública en el ejercicio de sus funciones. Si así no lo hicieren serán sancionados o removidos por los procedimientos establecidos en el régimen propio de su función”.

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6 de julio de 2009

Intereses argentinos en Honduras



por el Dr. Carlos Marcelo Shäferstein



Tomado de Nuevo Encuentro




nte la cantidad de barbaridades que uno escucha hoy en día “en defensa de la democracia”, me di cuenta que el común de la gente desconoce lo que ha sucedido realmente en Honduras, y que el periodismo “oficial” de la Argentina se ha apresurado a denunciar un “golpe de estado” en aquella Nación.

Como no hay nada más alejado de la realidad, he decidido salir del ostracismo en que me arrojó la Justicia K y explicar a mis lectores cuál es la situación objetiva de Centroamérica, sin extenderme demasiado sobre las aspiraciones expansionistas de la tiranía castrista, con el relato del ejemplar comportamiento de una República que se negó a postrarse ante las aspiraciones de un autócrata.

Si en nuestro pobre país no se hubiera reformado impunemente la Constitución Nacional de 1853, según el acuerdo espurio arribado por Menem y Alfonsín para llamar a un “plebiscito” no previsto en nuestra Ley Fundamental, que se materializó desgraciadamente en 1994, seguramente la salud de la República estaría aún resguardada y un personaje siniestro como el autócrata que nos somete jamás habría logrado la ruina argentina.


Siendo un devoto creyente, no tengo dudas que Dios, Nuestro Señor ha colaborado para impedir que el último plebiscito del 28 de junio diera por tierra con las aspiraciones de eternizarse en el poder del astuto santacruceño con sus asociados. Después de todo el anticristo ~o sus adláteres~ no deben prevalecer.

Un país pequeño y hasta menospreciado ha dado un ejemplo republicano en estos días, que nos debería avergonzar por el escaso sentido cívico y la apatía con que hemos tolerado los atropellos del sátrapa y sus pandilleros.

El fenómeno hondureño.
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20 de mayo de 2009

Martiniano Chilavert: morir por la dignidad



por Carlos Marcelo Shäferstein *


Tomado de Nuevo Encuentro





amentablemente nuestra historia se caracterizó por el olvido de sus héroes, particularmente aquellos nacionalistas que defendieron la integridad de la Nación frente a enemigos foráneos. Muchos de ellos no sólo fueron olvidados, sino también perseguidos hasta la muerte en las mazmorras o el martirio, tal y como está sucediendo en la actualidad con los militares y los integrantes de las fuerzas subordinadas que lucharon en el terreno la guerra contra la subversión obteniendo la victoria por las armas, para luego ser perseguidos como perros por los derrotados de antaño, hoy en el poder.

Esta es la primera de una serie de episodios de la Historia Militar Argentina, que no tiene otro objetivo que recordar a aquellos héroes olvidados del pasado. Puesto que nunca fue tan cierta la frase más célebre de Jorge Santayana, publicada en su libro “La razón en el sentido común”, que nos dice literalmente: “Aquellos que no recuerdan el pasado están condenados a repetirlo”.
Martiniano Chilavert: Una vida ejemplar y una muerte honorable
Siendo hijo del Capitán Francisco Chilavert, un Oficial de las milicias, Martiniano Chilavert nació en Buenos Aires el 16 de octubre de 1798, pero gran parte de su infancia y adolescencia transcurrieron en España donde se destacó por sus estudios matemáticos, que más tarde lo llevarían a graduarse como ingeniero.
Regresó al Río de la Plata con su padre en 1812, en la misma fragata Canning siendo compañero de travesía, en aquella oportunidad, de toda la futura primera plana mayor de la cúpula militar que tendría a su cargo la tarea emancipadora de nuestro país. Nos referimos a José de San Martín; Carlos María de Alvear; Matías Zapiola y otros bravos conocidos de la mencionada epopeya.
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22 de abril de 2009

Una amenaza inminente


por Carlos Marcelo Shäferstein

Enviado por Alejandro Bunge




sí como la presidenta Michelle Bachelet declaró recientemente que Chile recibirá a los refugiados palestinos que quieran escapar de los horrores de la matanza en la guerra por Palestina, Cristina Fernández de Kirchner no quiso quedarse atrás, y acaba de manifestar otro de sus desaciertos verborrágicos: que en el hipotético caso que los israelíes «pierdan la guerra» y deban abandonar Medio Oriente la Argentina recibirá a todos los habitantes de Israel en territorio nacional, otorgándoles la ciudadanía.

¿Acaso no sabe que ese tipo de huésped es un "allien" que termina apropiándose de su anfitrión? ¿Ignora qué fue la «nakba» en 1947? Por supuesto que no lo desconoce a pesar de su aparente torpeza cotidiana. Si es ésta "la profundización del modelo" los que deberemos irnos del país somos nosotros.

Cristina Wilhelm no es católica, es otra de las farsas a que los tienen acostumbrados los judios al pueblo pueblo argentino. “Wilhelm” es familia judia inmigrante, la madre, Ofelia Judith Wilhelm es judía, ella misma es judía por la ley judia de vientre. …Ella es católica apostólica en la misma medida en que dice ser abogada recibida. “Kirchner” en realidad, es Kirznert…otro apellido judío, (de los miles que aparecen decidiendo por una tierra que no es la judía). Tal era el apellido de su abuelo, que fue modificado convenientemente para que supuestamente aparezca de origen suizo. Su madre era la chilena Miriam Ostoić , hija de inmigrantes centroeuropeos del mismo origen, que conoció al cartero que frecuentaba la casa de citas donde trabajaba en Río Gallegos, y de esa extraña unión nació Néstor.

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