por José María Permuy
Frente a los que opinan que se trata de un asunto opinable, la confesionalidad del Estado es un deber moral exigido por la ley natural y, por tanto, universal e inmutable. El Estado debe actuar y legislar en conformidad con la ley natural, y el primero de los preceptos de esa ley es amar a Dios sobre todas las cosas, adorándole y dándole el culto establecido por El.
El Magisterio de la Iglesia ha sido constante y unánimemente partidario de la confesionalidad del Estado, y aquello que ha sido enseñado por la Iglesia siempre y en todas partes ha de ser creído como verdad de fe.
La ley es una prescripción de la razón, en orden al bien común, promulgada por aquel que tiene el cuidado de la comunidad.
Ley natural es la ley eterna inscrita en la naturaleza.
Así pues, cuando León XIII, en su encíclica Inmortale Dei, sobre la constitución cristiana de los Estados, enseña que los Estados están obligados a dar culto a Dios porque así lo ordenan la razón y la naturaleza, está afirmando que ese deber moral de los Estados viene imperado por la ley natural.
La ley natural es universal. Obliga a todos los hombres de todos los tiempos y lugares, cualesquiera que sean sus creencias.
La ley natural es inmutable, no puede cambiar jamás, y ninguna situación o circunstancia puede modificar el contenido de la ley.
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